Resolución N° 69/21/2500
Nro de Expediente:
2020-7420-98-000070
 
DESARROLLO ECONOMICO
Fecha de Aprobación:
5/5/2021


Tema:
VARIOS

Resumen:
Recurso de reposición y apelacion en subsidio Recomin S.A.

Montevideo, 5 de Mayo de 2021.-
 
      VISTO: los recursos de reposición y apelación en subsidio interpuestos por RECOMIN S.A., contra la denegatoria ficta de la petición administrativa calificada, formulada ante el Departamento de Desarrollo Económico con fecha 29 de julio de 2020;

      RESULTANDO: 1o.) que RECOMIN S.A. es adjudicataria de la Licitación Pública No. 467/2013 para la Concesión de uso y explotación del Local “Ex Plaza Mateo” ubicado en el Parque Rodó para su explotación comercial, con destino a servicio gastronómico y actividades culturales;

      2o.) que a través de la petición administrativa calificada la empresa RECOMIN S.A. requirió a la Intendencia de Montevideo el dictado de una Resolución en la que la exonere del pago del canon de la Licitación Pública Nº 467/2013 mientras dure la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus COVID-19;

      3o.) que la denegatoria ficta de la petición administrativa operó el 26 de diciembre de 2020, por lo que desde el punto de vista formal los recursos de reposición y apelación en subsidio fueron interpuestos en tiempo y forma con fecha 29 de diciembre de 2020;

      4o.) que desde el punto de vista sustancial el recurrente se agravia en cuanto a que con el advenimiento de la pandemia de COVID-19 “se ha producido una importante interrupción de la actividad por razones de fuerza mayor”, “imposibilitando así desarrollar su giro” así como la “prohibición de apertura del local” y por consiguiente la imposibilidad de obtener ingresos;

      5o.) que por los fundamentos expuestos por la Unidad Asesoría compartidos in totum por la asesora letrada del Departamento de Desarrollo Económico se entiende que no se configura la causal de fuerza mayor invocada en la medida que RECOMIN S.A. no ha estado imposibilitado de desarrollar su giro principal por lo cual lo peticionado no constituye un aspecto jurídico de puro derecho susceptible de ser analizado;

      6o.) que la División Pomoción Económica sugiere se dicte resolución rechazando el recurso de reposición interpuesto, debiéndose franquear la apelación en subsidio para ante la Sra. Intendenta de Montevideo;


      CONSIDERANDO: que se estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;



      LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE
      DESARROLLO ECONÓMICO
      RESUELVE:

      1o.- No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por RECOMIN S.A. contra la denegatoria ficta de la petición administrativa calificada, formulada ante el Departamento de Desarrollo Económico.

      2o.- Franquear el recurso de apelación en subsidio para ante la Sra. Intendenta de Montevideo.-


      3o.- Comuníquese al Departamento de Secretaría General y la División Promoción Económica y pase a la División Asesoría Jurídica.

Sr. GUSTAVO CABRERA, Director General del Departamento de Desarrollo Económico.-