Resolución N° 74/23/8000
Nro de Expediente:
2023-8014-98-000051
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
27/2/2023


Tema:
BASES

Resumen:
Aprobar las bases que regirán el llamado a colectivos de danzas folclóricas profesionales durante la 96ª Semana Criolla del Prado a llevarse a cabo del 2 al 9 de abril de 2023.-

Montevideo, 27 de Febrero de 2023.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la aprobación de las bases que regirán el llamado a colectivos de danzas folclóricas profesionales para actuar durante la 96ª Semana Criolla del Prado a llevarse a cabo del 2 al 9 de abril de 2023 en el predio que usufructúa la Asociación Rural del Uruguay;
        RESULTANDO: que la Gerencia de Festejos y Espectáculos eleva para su aprobación el texto de los referidos reglamentos;
        CONSIDERANDO: que por Resolución
        Nº 4257/20 del 01/12/2020, la Sra. Intendenta de Montevideo, delegó en la Dirección General del Departamento de Cultura la facultad entre otras, de aprobar la reglamentación de los diversos concursos, con comunicación inmediata a la Sra. Intendenta de Montevideo;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE CULTURA
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aprobar las bases que regirán el llamado a colectivos de danzas folclóricas profesionales para actuar durante la 96ª Semana Criolla del Prado a llevarse a cabo del 2 al 9 de abril de 2023 en el predio que usufructúa la Asociación Rural del Uruguay que se transcribe:
        LLAMADO ABIERTO
        ESPECTÁCULOS DE DANZAS FOLCLÓRICAS
        SEMANA CRIOLLA DEL PRADO 2023
        La Gerencia de Festejos y Espectáculos del Departamento de Cultura de la Intendencia de Montevideo (en adelante IdeM), en el marco de la 96ª edición de la Semana Criolla del Prado a realizarse del domingo 2 al domingo 9 de abril de 2023, convoca a Grupos de Danza Folclórica interesados en participar en la Semana Criolla del Prado 2023.
        La Semana Criolla del Prado, es un evento organizado por la Intendencia de Montevideo desde el año 1925. Se realiza en las instalaciones de la Rural del Prado, albergando antiguas tradiciones de nuestro país, es considerada la fiesta tradicionalista más antigua de América Latina.
        El encuentro con las raíces es clave para salvaguardar el Patrimonio Cultural Inmaterial, como elemento constructor de identidades. En ella se destacan la figura del Gaucho, la Payada, la Danza, Folclore y Música Ciudadana.
        También se puede disfrutar de una variada propuesta de espectáculos artísticos, concursos de destreza, exposiciones plásticas, artesanales, gastronomía, productos típicos y muestra de servicios departamentales.
        En el marco de la conformación de ésta programación artística, se realiza el siguiente llamado.
        CAPÍTULO I) OBJETIVO DEL PRESENTE LLAMADO
        El objetivo del presente llamado es:
        1.- Realizar una convocatoria nacional a los colectivos de danza folclórica interesados en participar en calidad de contratados durante la Semana Criolla 2023, que se desarrollará del domingo 2 al domingo 9 de abril de 2023.
        CAPÍTULO II) INSTRUMENTACIÓN DE LA PROPUESTA
        1.- Este llamado es abierto a toda la comunidad de la danza folclórica a partir de los 15 años, sin límite de edad.
        2.-Si en un colectivo de los seleccionados participan menores de 18 años al 31 de marzo de 2023, se deberá presentar la autorización correspondiente expedida por el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU), previo a la firma del contrato. De no presentarla, el colectivo no podrá participar y se ocupará el lugar vacante por orden de prelación.
        3.- Los espectáculos presentados deberán ser elaborados en función de un 70% de Danzas Uruguayas de raíz tradicional, el resto puede ser de danzas regionales y latinoamericanas.
        4.- Las propuestas tendrán una duración mínima de 20 minutos y máxima

        de 30 minutos, y los elencos deberán ser integrados por un mínimo de 6 bailarinas/es.
        CAPÍTULO III) INSCRIPCIÓN
        Podrán participar todos los grupos de danza folclórica de nuestro país, debiendo inscribirse mediante el llenado de un FORMULARIO donde se solicitará:
        - Datos de él o la representante del grupo.
        - Datos del colectivo artístico.
        - Cooperativa por la cual desean cobrar cada integrante del elenco.
        - Constancia de inscripción en el Registro Nacional de Artistas y Oficios Conexos/ Se aceptará formulario de solicitud de inscripción, debiendo presentar la constancia de inscripción definitiva en el Registro al momento de la firma del contrato; trámite pendiente o provisorio*
        - Descripción de la propuesta (mínimo una carilla y máximo tres). Describir los siguientes elementos: composición coreográfica, ritmo y musicalidad, puesta en escena general, vestuario y estética de la propuesta, técnicas aplicadas, presencia de músicos en vivo o composición musical y autores, más otros elementos que considere importante destacar.
        - Video: presentación de la totalidad de la/s obra/s a presentar, no necesariamente grabada en escenario (puede ser sala de ensayo) con el vestuario a utilizar (en caso de no disponerlo presentar boceto) y con un mínimo del 70 % del elenco que se describe en el formulario. Se pueden adjuntar también obras de trabajos previos como material complementario, pero no es requisito.
        - Antecedentes: breve presentación del artista y del grupo incluyendo trayectoria (máximo dos carillas de texto). La inclusión de imágenes es opcional.
        *El registro provisorio sólo será válido si es la primera vez que la Comisión Certificadora del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), lo otorga.
        El plazo de inscripción para presentar las propuestas será desde la

        aprobación de las presentes bases hasta el 15 de marzo de 2023.
        CAPÍTULO IV) EVALUACIÓN Y SELECCIÓN
        1.- La IdeM designará a un representante de la Asociación de Danza del Uruguay, un representante de la Escuela Nacional de Danza y un representante de la IdeM, quienes se encargarán de evaluar las propuestas interesadas en formar parte de la programación de la Semana Criolla 2023.
        2.-Las tres personas designadas evaluarán las propuestas presentadas valorando para el armado de la lista de prelación: composición coreográfica, ritmo y musicalidad, puesta en escena general, vestuario y estética de la propuesta, técnicas aplicadas, presencia de músicos en vivo o músicas utilizadas.
        3.- Los primeros 15 (quince) espectáculos serán los que participarán de la programación de la Semana Criolla 2023.
        4.- La inscripción al presente llamado no implica la selección para la programación artística, sino la incorporación a una lista de aspirantes, no constituyendo relación vinculante alguna con la IdeM.
        CAPÍTULO V) COMUNICACIÓN
        Los colectivos de danza seleccionados, serán notificados por un correo electrónico.
        Confirmada la programación se publicará en los distintos canales de comunicación de la IdeM.
        CAPÍTULO VI) CONDICIONES DE LA CONTRATACIÓN.
        1.-Todos los integrantes de los colectivos de danza, deberán estar inscriptos en el Registro Nacional de Artistas y Oficios Conexos, conforme lo previsto en la Ley N.º18834 (Se aceptará formulario de solicitud, trámite pendiente o provisorio para realizar la inscripción pero debiendo estar finalizado en oportunidad de firmar el contrato (*).
        2.- El arancel a pagar por todas las contrataciones será en base a los montos establecidos por Resolución N.º 3478/20, ajustados a enero de 2023 de acuerdo al IPC y se abonará a los 20 (veinte) días de finalizada la Semana Criolla.


        CANTIDAD DE INTEGRANTES
        ARANCEL NOMINAL A ENERO DE 2023 EN PESOS URUGUAYOS
        6 (seis) integrantes
        37.893,oo
        de 7 (siete) a 12 (doce) integrantes
        56.840,oo
        13 (trece) o más integrantes
        75.787,oo

        3.- Los contratos respectivos se suscribirán previo al comienzo de la Semana Criolla 2023, de acuerdo a las formas y condiciones que la IdeM disponga. Al momento de la firma se deberá contar con el Registro Nacional de Artistas y Oficios Conexos aprobado y vigente o provisorio otorgado por la comisión Certificadora del MTSS.
        4.- De no contar con la documentación exigida al momento de la firma del contrato, la Gerencia de Festejos y Espectáculos podrá llamar al siguiente de la lista de prelación.
        5.- El no cumplimiento o cualquier alteración relevante del proyecto inscripto deberá informarse a la Gerencia de Festejos y Espectáculos de la IdeM, quedando la contratación sujeta a evaluación y pudiendo la IdeM tomar las medidas o sanciones que considere pertinente.
        6.- La relación que surgirá de los contratos que se suscribirán oportunamente, no constituye, ni supone relación funcional de especie alguna, encontrándose excluido del Estatuto del Funcionario Público Departamental, no gozando por lo tanto de los beneficios acordados por éste.
        CAPÍTULO VII) LIMITACIONES Y RESTRICCIONES
        1.- Los colectivos de danza que sean seleccionados para formar parte de la programación de la Semana Criolla 2023, no podrán, previo a su presentación oficial, participar con el mismo espectáculo en los Fogones, ni estarán habilitados para participar del Certamen de Danzas Amateur de la misma Semana Criolla.
        2.- No podrán participar personas que tengan relación funcional o contractual de carácter laboral con la Dirección General del Departamento de Cultura y la Gerencia de Festejos y Espectáculos.

        3.- Personas que tengan parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, sean cónyuges o concubinos con las personas referidas en el literal precedente o con los/las responsables de evaluar los colectivos de Danzas Folclóricas.
        CAPÍTULO VIII) ACEPTACIÓN DE LAS BASES Y RESOLUCIÓN DE ASPECTOS NO PREVISTOS, INTERPRETACIÓN Y ALCANCE.
        1.- Las/os participantes darán por aceptadas las condiciones establecidas en las bases por el solo hecho de inscribirse a la convocatoria, exonerando a la IdeM de cualquier reclamo que de estas pueda derivar.
        2.- Asimismo, aceptarán toda resolución que realice la Gerencia de Festejos y Espectáculos, respecto a cualquier situación no contemplada en las bases, así como la determinación del alcance e interpretación de las allí previstas.
        CAPÍTULO IX) EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD A LA IdeM.
        La IdeM no se responsabilizará por daño alguno ocurrido con motivo o en ocasión de cumplimiento de las bases. La responsabilidad será pura y exclusivamente por cuenta de cuenta de la / el o de las/los participantes.
        CAPÍTULO X) DERECHOS DE IMAGEN, REPRODUCCIÓN Y OTROS.
        La participación en el llamado implica la cesión irrevocable a la IdeM, de los derechos de imagen y reproducción de los espectáculos para ser utilizados con fines de difusión cultural y sin ánimo de lucro. La IdeM se reserva el derecho de realizar registros fotográficos, audiovisuales, etc. de la obra como tal, así como a sus autoras/es para fines de documentación, educación y publicidad sin que esto implique para la IdeM la obligación de pago o compensación alguna.
        CAPÍTULO XI) DECLARACIÓN
        1.- Los postulantes, declaran que los datos proporcionados en el formulario y la documentación entregada en la IdeM es auténtica y comprobable y que conjuntamente a la inscripción a la convocatoria suscribirán declaración

        jurada que consta en Anexo 1.
        2.- La Gerencia de Festejos y Espectáculos tendrá las potestades de inhabilitar para la 96ª Semana Criolla a quienes no cumplan con lo establecido en el presente llamado.
        Por mayor información:
        Gerencia de Festejos y Espectáculos – IdeM
        e-mail: criolla.gerencia@imm.gub.uy
        Tel.: 1950 int. 9991/9990
        ANEXO 1
        Montevideo………………………………
        Quien suscribe……………………, titular de la Cédula de Identidad N.º..................................., con domicilio en ………………, en calidad de postulante en el LLAMADO A ESPECTÁCULOS DE DANZAS FOLCLÓRICAS, SEMANA CRIOLLA 2023.
        Declaro bajo juramento que cumplo con todos los requisitos necesarios para presentarme a la convocatoria y especialmente que no existe restricción ni impedimento alguno para postularme a la misma, conforme a las restricciones contenidas en el capítulo VII del Llamado.
        Manifiesto, que la totalidad de los datos aportados son fidedignos, que conozco el alcance de lo declarado y que en caso de constatarse falsedad en lo declarado, será pasible la responsabilidad penal pertinente, de acuerdo a lo establecido en el Art. 239 del Código Penal que expresa “ El que con motivo del otorgamiento o formalización de documento público, ante funcionario público, prestare declaración falsa sobre identidad o estado, o cualquier otra circunstancia de hecho, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión”.
        ………………………………..
        FIRMA
        ………………………………..
        ACLARACIÓN
        2o.- Comuníquese al Departamento de Secretaría General; a la División


        Información y Comunicación; a la Unidad Festejos y Espectáculos y pase a
        la Gerencia de Festejos y Espectáculos a sus efectos.-

Profa. MARÍA INÉS OBALDÍA, Directora General del Departamento de Cultura.-